Abogados evidencian actos de corrupción en juzgados de Xalapa
A la opinión pública y a las autoridades competentes:
Somos un grupo de ciudadanos debidamente acreditados como propietarios de diversos inmuebles mediante escrituras públicas, deseamos informar sobre una situación que atenta contra nuestro patrimonio y sustento económico. Hemos sido objeto cada uno, de un despojo fraudulento de nuestras propiedades, perpetrado a través de la simulación de actos jurídicos y la utilización de documentación apócrifa por parte de abogados de la ciudad de Xalapa. Estas acciones han derivado en procesos judiciales que culminaron en lanzamientos, afectando gravemente nuestros derechos e intereses.
Manifestamos nuestra profunda preocupación ante la corrupción de algunos funcionarios judiciales en estos hechos. Adicionalmente, hemos tomado conocimiento de que algunos de estos individuos aspiran actualmente a ocupar nuevos cargos de elección popular dentro del Poder Judicial del Estado de Veracruz. En este contexto, en aras de la transparencia y la correcta administración de justicia, hacemos un llamado a las autoridades competentes para que consideren estos antecedentes en la evaluación de los perfiles de los aspirantes a jueces y magistrados en las próximas elecciones. Es fundamental asegurar que quienes integren el Poder Judicial cuenten con la integridad ética y profesional indispensable para garantizar la imparcialidad y la legalidad en sus actuaciones.
Aquí relacionamos los expedientes, en los que fuimos afectados:
J.O.C. 564/2022/VI
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE COATEPEC, VERACRUZ
ACTOR
|
DEMANDADO | |
NOMBRES |
JOSÉ LUIS SANTIAGO ORTEGA (originario de Misantla, Veracruz).
|
DAVID DOMÍNGUEZ ROMERO (originario de Xalapa, Veracruz) |
DOMICILIO |
1.- Camino antiguo a Naolinco número 4-A, colonia Floresta, C.P. 91158, Xalapa, Veracruz. (Domicilio conforme al INE)
2.- Avenida Bulevard Adolfo Ruiz Cortines, número 3200 colonia Unidad Magisterial, Xalapa, Veracruz. (domicilio procesal)
|
Calle Libertadores, número 26 de la colonia Unión, Xalapa, Veracruz. (Domicilio conforme al INE)
|
ABOGADOS AUTORIZADOS |
1.- María Luisa Ramírez Ramírez con cédula profesional 11514897 (abogada patrono).
2.- Jese Miguel Ramírez Pozos. 3.- Claudia Esperanza Romero Sánchez (autorizados en términos del 49 C.P.C.).
Y para recibir oficios al C. Miguel Othón Morales Rizo |
No tiene defensa |
DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN |
Contrato Privado de compraventa de fecha 17 de abril del 2020. Monto de la compraventa $600,000.00.
|
|
JUEZ QUE DICTÓ LA RESOLUCIÓN: Leticia Sánchez Reyes.
SECRETARIA: Miriam López Hernández (actual candidata a Jueza de Primera Instancia). |
- En el referido juicio nunca exhibieron la escritura de propiedad para poder ordenar un lanzamiento, únicamente refieren que dicho inmueble fue adquirido mediante contrato privado de compraventa, certificado ante el Notario Miguel Marenco Sánchez, en aquella época titular de la Notaría Pública número 2 de Xalapa, Veracruz.
- El juez ordenó girar exhorto a la ciudad de Xalapa, para llevar a cabo la diligencia de lanzamiento, y en una semana se fijó la fecha de la diligencia.
- La diligencia de un exhorto tarda aproximadamente 3 semanas o más en emitirse los acuerdos, aunado a que una diligencia de lanzamiento, antes de señalar la fecha se debe hacer la inspección por parte de la Secretaría de Seguridad Pública.
JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO 1297/2022-I
JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADO EN MATERIA DE FAMILIA DE XALAPA, VERACRUZ
Promovente
|
||
NOMBRES |
María De Los Ángeles Castilla Aburto
A bienes de Amparo Sánchez O Amparo Sánchez Lara |
|
DOMICILIO |
||
ABOGADOS AUTORIZADOS |
|
|
DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN |
Cesión de derechos de fecha 3 de abril del año 2009.
Certificado por el Notario Público Miguel Marenco Sánchez, en aquella época titular de la Notaría Pública número 2 de Xalapa, Veracruz.
|
|
JUEZ QUE DICTÓ LA RESOLUCIÓN:-____________________
SECRETARIA: __________________________ |
J.O.C. 306/2024
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIUDAD DE VERACRUZ, VERACRUZ
ACTOR
|
DEMANDADO | |
NOMBRES |
LESLI IVET ALONSO LUCIDO | ERICK HERNÁNDEZ ABURTO |
DOMICILIO |
|
|
ABOGADOS AUTORIZADOS |
|
|
DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN |
Contrato Privado de Compraventa.
|
Monto de la supuesta operación de compraventa: |
JUEZ QUE DICTÓ LA RESOLUCIÓN:
SECRETARIA: |
- CARPETA DE INVESTIGACIÓN 4478/2024.
- DENUNCIA: FRAUDE PROCESAL, USO DE DOCUMENTO FALSO, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO, FALSIFICACIÓN DE FIRMAS, FALSEDAD EN DECLARACIONES.
- AGRAVIADOS: JOSÉ LUIS CASTILLA ABURTO Y MANUEL EZEQUIEL CASTILLA RIVAS.
- DENUNCIADOS: MARÍA DE LOS ÁNGELES CASTILLA ABURTO, LESLI IVETH ALONSO LUCIDO, ERICK HERNÁNDEZ ABURTO Y OTROS.
- La señora María de los Ángeles Castilla Aburto, usó una cesión de derechos falsa, con la que obtuvo una declaración de herederos y se adjudicó, para luego vender a Erick Hernández Aburto, quien posteriormente simuló la compraventa con un contrato privado con Lesli Iveth Lucido.
J.O.C. 1489/2023/II JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
ACTOR
|
DEMANDADO | |
NOMBRES |
Salvador Matías González Montano (originario de Xalapa, Veracruz).
|
Joel Castillo Guevara (originario de Naolinco, Veracruz) |
DOMICILIO |
1.- Calle 13 de septiembre #62 colonia Isleta Xalapa Ver. (domicilio conforme al INE).
2. calle 7 de enero, número 8, de la colonia Felipe Carrillo Puerto, Xalapa Ver. |
Calle Principal S/N, Localidad El Cafetal del Municipio de Naolinco Veracruz
|
ABOGADOS AUTORIZADOS
|
1.-Víctor Carrillo Estrada 2.- Jese Miguel Ramírez Pozos 3.- Erick Jonathan Gómez Capistran. 4.- Isidro Eliazar reyes viveros 5.- Miriam Ceballos Ruiz |
|
DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN |
Contrato Privado de compraventa de fecha 16 de noviembre del 2022. Monto de la compraventa $1,250,000.00. |
|
JUEZ QUE DICTÓ LA RESOLUCIÓN: Adalberto López Pozos.
SECRETARIO: Ángel Damián Ortiz García OFICIAL ENCARGADA DE MESA: María del Carmen Cortez González |
- Todo parte de un poder notarial falso, donde a simple vista se observan errores, ya que maneja distintos nombres del supuesto apoderado legal, distintas fechas de emisión, los datos identificativos de las poderdantes no concuerdan con los reales, dicho poder notarial ya fue desconocido por el Notario que lo emite, ante fiscalía y un juzgado de primera instancia en Xalapa
- En el Juicio Ordinario Civil se demanda el incumplimiento de un contrato de compraventa firmado por un supuesto apoderado legal (documento falso).
- Nunca se emplaza a juicio a las propietarias del inmueble en litigio.
- Juicio exprés, con auto de inicio es de fecha 18 de septiembre del 2023 y la sentencia es de fecha 26 de octubre del 2023; es decir, en 25 días este juicio fue resuelto.
- Sentencia de 2 cuartillas donde nunca se menciona a las propietarias del inmueble, no hace estudio de fondo del asunto, no consta el antecedente de propiedad; elevándose en ese acto como cosa juzgada, por lo que no procede ningún tipo de apelación o recurso alguno.
- Lanzamiento judicial realizado El 11 de diciembre de 2024, sin entregar ni una sola notificación a las propietarias del inmueble.
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 542/2024/II
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE XALAPA, VERACRUZ
ACTOR
|
DEMANDADO | |
NOMBRES |
REYNALDO CUEVAS TEJEDA | ANTONIO GUERRA MARTÍNEZ |
DOMICILIO |
Avenida 20 de noviembre numero 495 Col Modelo de Xalapa ver. | Av. Pípila 319 Col Miguel Hidalgo.
|
ABOGADOS AUTORIZADOS
|
ROLY DOMINGUEZ ROMERO. MIGUEL ISAAC CONTRERAS GOMEZ GIL |
|
DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN |
Pagare de fecha 15 de agosto del 2021. Por un importe de $500,00.00 |
|
JUEZA: Dania Iveth Arenas Pérez
SECRETARIO: Luis Alfredo López Ronzón OFICIAL ENCARGADA DE MESA: Jorge |
- El C. REYNALDO CUEVAS TEJEDA, es prestanombre de los abogados ROLY DOMINGUEZ ROMERO, MIGUEL ISAAC CONTRERAS GOMEZ GIL,
- Se contestó la demanda.
- Fue notificada la fecha de audiencia 8 días después aproximadamente de fijada la misma, con el claro propósito de que no diera tiempo de preparar las pruebas.
- Al llevarse a cabo la audiencia de pruebas, el encargado de la mesa de nombre JORGE era quien acordaba las promociones sin tomarse la molestia de acudir ante el secretario de acuerdo o en su caso, la juez del conocimiento.
- Por esa situación se suscitó una discusión y se acerca el secretario de acuerdos y de manera sorpresiva dice que el autorizó al encargado de mesa para que acordara lo conducente en ese expediente.
- Al darse cuenta se expresó la inconformidad con su actuar, optó por reservar el acuerdo de diversas promociones, una de ellas, era la que en tiempo se solicitó prórroga para el desahogo de la prueba pericial, sin embargo, al acordar sobre la misma de manera infundada la desecha, con un desmedido afán de favorecer a la parte actora.
- Y con ese actuar me doy cuenta que tanto el encargado de trámite de la mesa como el secretario de acuerdos e ignoro si la juez participa en ese contubernio, es bueno que sepa la opinión pública, la clase de funcionarios que tenemos y que muchos de ellos pretenden se les apoye para que continúen en la administración de justica.
CONCLUSIONES:
Con las anteriores pruebas que resultan públicas y objetivas, se demuestra que, con la intervención de los mismos abogados, así como los mismos actores supuestamente compraron inmuebles o tenían en su poder documentos ejecutivos de cobro; donde nunca demostraron el origen del dinero en las operaciones relacionadas. Los funcionarios judiciales, debieron advertir esta situación y al no haberlo realizado, participaron en la configuración de diversos delitos instantáneos y continuados, en contra de la administración de justicia, que ahora les debe impedir postularse a nuevos cargos.