*Los denunciará pero después de elecciones
*Pero Código Penal sanciona encubrimiento
ENCUBRIR, DE acuerdo a la Real Academia de la Lengua, significa tapar u ocultar algo. En sentido penal, el encubrimiento es una conducta dolosa que realiza una persona que, sin haber participado en un delito anterior cuya comisión conoce, ayuda al autor del mismo a eludir la acción de la Justicia o aprovecharse de los efectos del crimen cometido. El encubrimiento puede realizarse mediante una conducta activa (esconder, disfrazar, alterar, inutilizar o tapar) o pasiva (callar hechos conocidos). En su Artículo 400, el Código Penal Federal establece que se aplicará prisión de tres meses a tres años y de quince a sesenta días de multa, al que: II).- Preste auxilio o cooperación de cualquier especie al autor de un delito, con conocimiento de esa circunstancia, por acuerdo posterior a la ejecución del citado delito; III).- Oculte o favorezca el ocultamiento del responsable de un delito, los efectos, objetos o instrumentos del mismo o impida que se averigüe; V). No procure, por los medios lícitos que tenga a su alcance y sin riesgo para su persona, impedir la consumación de los delitos que sabe van a cometerse o se están cometiendo, salvo que tenga obligación de afrontar el riesgo, en cuyo caso se estará a lo previsto en este artículo o en otras normas aplicables. En suma, encubrir un hecho delictivo es delito, sobre todo si quienes encubren son funcionarios, y el tema viene a colación por un hecho que no tiene desperdicio:
EL GOBERNADOR Cuitláhuac García Jiménez ha dicho que una vez transcurridas los comicios del 6 de Junio, cuando se elegirán –en Veracruz Diputados Federales y locales, alcaldes, síndicos y regidores- dará a conocer los nombres de actuales candidatos postulados por diversos partidos, supuestamente vinculados a la delincuencia organizada o cárteles que operan en el Estado, esto en respuesta a la demanda de algunos dirigentes que exigen que se detenga la violencia política en la Entidad que ha provocado la muerte de al menos 16 personas, algunos candidatos y otros cercamos a estos, convirtiendo a Veracruz en el puntero en la comisión de esos ilícitos.
Y EMULANDO a su mentor, advierte que hará revelaciones bajo el argumento de que “nosotros no vamos a permitir que se enrarezca el tema electoral por violencia. Vamos a actuar. Por eso vamos a detener este tipo de acciones garantizando que no haya impunidad como se ha hecho en otros casos. Pero ya pasando las elecciones sí me voy a permitir emitir algunos comentarios respecto a algunos candidatos que lamentablemente postularon, pero ya será pasando las elecciones, porque ahorita si lo digo van a acusarme de que estoy señalando a algún candidato con tal de que no tenga votos y desprestigiándolo”, dice un “respetuoso” defensor de la ley que insiste: “pasando las elecciones sí voy a decir cómo lamentablemente postularon a algunas personas los partidos y en mi opinión, no deberían ser ni siquiera presentables a la opinión pública; pero será después, ahorita no lo puedo decir”. Y puso ejemplos: “un candidato que denuncia que sufría violencia, mientras su hijo subió un video a Facebook disparando un arma y mencionando ´estoy con el cartel fulano, para que vean a qué se atrevieron algunos partidos a postular´”.
TAL VEZ el Gobernador desconozca, porque no es abogado y si ingeniero mecánico electricista que, el artículo 400 Bis 1 establece que “Las penas previstas en este Capítulo se aumentarán desde un tercio hasta en una mitad, cuando el que realice cualquiera de las conductas previstas en el artículo 400 Bis de este Código (encubrimiento) tiene el carácter de consejero, administrador, funcionario, empleado, apoderado o prestador de servicios de cualquier persona sujeta al régimen de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, o las realice dentro de los dos años siguientes de haberse separado de alguno de dichos cargos. Además, se les impondrá inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión en personas morales sujetas al régimen de prevención hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. La inhabilitación comenzará a correr a partir de que se haya cumplido la pena de prisión.
PERO AUN hay más, dijera el cuestionado Raúl Velasco: “Las penas previstas en este Capítulo se duplicarán, si la conducta es cometida por servidores públicos encargados de prevenir, detectar, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos o ejecutar las sanciones penales, así como a los ex servidores públicos encargados de tales funciones que cometan dicha conducta en los dos años posteriores a su terminación. Además, se les impondrá inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. La inhabilitación comenzará a correr a partir de que se haya cumplido la pena de prisión. Y uno se pregunta: si el Gobernador tiene conocimiento de hechos delictivos, como la postulación de presuntos delincuentes por parte de partidos, y tiene pruebas en torno a lo que dice, ¿Por qué no denuncia? ¿Por qué ser cómplice de hechos ilícitos que ponen a Veracruz en riesgo en caso de ganar los cuestionados candidatos? Sin duda, Cuitláhuac está cometiendo un delito, y lo más prudente sería acudir ante la Fiscalía General de la República y denunciar lo que sabe ya, pues el hecho de ser Gobernador del Estado lo compromete más, y lo coloca en el escenario de los que violentan la ley. Así de simple. OPINA carjesus30@hotmail.com