APUNTES SOBRE FINANZAS.
Por: Juan F. Aguilar de la Llave.
Algunos meses atrás comentaba con amigos analistas financieros y profesionales de la administración pública, sobre las finanzas del estado. Las conclusiones fueron negativas y la pregunta que se hizo en momento fue: ¿Cuándo se tocara fondo?.
La respuesta que se dio sin chistar fue “La manifestación más clara será cuando no se alcance a cubrir la nómina”.
¿Por qué esa conclusión?;
“Será el momento en que no dispongan de fondo alguno en Tesorería; etiquetado o no, de transición para los municipios, u otros entes públicos. Simplemente no hay dinero en caja. Además, los bancos ya no les prestarán a cortos plazos y la SHCP no de su apoyo”.
Esto se comentó a finales del año 2015. Y como “no hay plazo que no se cumpla, ni deuda que no se pague” finalmente el 15 de octubre de 2016 sucedió lo comentado en aquella ocasión.
Faltó dinero para completar la nómina, dispusieron de todo el dinero en caja, acudieron a la Ciudad de México a peregrinar apoyo y el resultado no se logró. Faltaron doscientos millones de pesos, mismos que posibilitaron para mañana el lunes, pero ya tocaron fondo.
En el artículo del 15 de septiembre señalé que el problema financiero del estado era el déficit, mismo que estime en ochocientos millones de pesos mensuales, algo así como diez mil millones de pesos anuales.
Se gasta más que lo que se ingresa anualmente. De origen, los presupuestos de egresos son deficitarios, generalmente los ingresos son mayores al concluir el periodo, pero no se alcanza a satisfacer y cubrir la obesidad del aparato que integra el Estado.
No se tuvo el menor cuidado de controlar las variables, cuando se intentó, resultaron más costosas. Por ejemplo, en el programa de retiro voluntario, que cobraron los adherentes, volvieron a contratarlo, por honorarios o asimilables y además se jubilaron.
El resultado de lo que vivimos fue una mala administración, donde privó el desorden, la tesorería no respetó la aplicación de los fondos depositados por la federación con destino específico, ni los oficiales, ni los que se derivan de remanentes depositados por el fiduciario en específico la de los municipios.
De ahí que todos protesten, porque el común denominador es el mismo: incumplimiento en los pagos. Lo mismo lo hacen jubilados, maestros, vectores, trabajadores de salud regulares, campesinos, proveedores, prestadores de servicios, contratistas, las asociaciones empresariales y un largo etcétera.
Es más, la rebelión ha llegado con presidentes municipales del PRI, PRD y el PAN, con denuncias en la Procuraduría General de la República, por desvió de recursos y otras linduras, que constituyen una serie delitos, veamos:
ABUSO DE AUTORIDAD
Artículo 317.-Se impondrán de dos a ocho años de prisión y multa hasta de doscientos días de salario al servidor público que ilegalmente ordene o ejecute un acto o inicie un procedimiento, en beneficio propio o ajeno o en perjuicio de alguien.
Fracción V.- A sabiendas aplique fondos públicos a un fin distinto al que estaban destinados o hiciere con ellos una erogación ilegal;
INCUMPLIMIENTO DEL DEBER LEGAL
Artículo 319.-Se impondrán de uno a ocho años de prisión y multa hasta de doscientos días de salario al servidor público que deje de cumplir con los deberes inherentes a su empleo, cargo o comisión en perjuicio de los derechos de un tercero o en beneficio propio o ajeno.
COALICIÓN
Artículo 321.-Se impondrán prisión de seis meses a seis años y multa hasta de doscientas veces el salario, a los servidores públicos que se unan para tomar medidas contrarias a una ley, reglamento o disposición de carácter general, para impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la función pública, en cualquiera de sus niveles de gobierno.
PECULADO:
Artículo 323.-Se impondrán de cuatro a quince años de prisión y multa hasta de seiscientos días de salario al servidor público que, en provecho propio o ajeno, utilice o disponga de dinero, valores o cualquier otro bien que hubiere recibido en administración, depósito o por otra causa en razón de su cargo.
ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA:
Artículo 218.-Comete el delito de administración fraudulenta quien, teniendo a su cargo la administración o el cuidado de bienes ajenos, perjudique al titular de éstos, con ánimo de dominio, lucro o uso, en beneficio propio o de tercero, mediante la realización de cualquiera de las acciones siguientes:
- Altere las cuentas o condiciones los contratos;
- II. Simule operaciones o gastos o exagere los que hubiere hecho;
- o Oculte o retenga valores, o los emplee indebidamente.
Este delito se sancionará de la misma forma que el fraude genérico, atendiendo al beneficio obtenido o al perjuicio causado, conforme a la cantidad que resulte más elevada.
Todos ellos se encuentran tipificados en el Código Penal del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Así mismo, tratándose de fondos federales se aplicarían los correlativos.
Finalmente, para establecer una de las la principales causa del déficit, el aumento desmesurado de las percepciones personales, no se ha contenido en ningún año su incremento desde 2010,
Por ejemplo, en 2010 el ejercicio del poder Ejecutivo fue de 33 mil 610 millones de pesos; en 2015 de 46 mil 349 millones de pesos; según se desprende de las Cuentas Públicas publicadas por Secretaría de Finanzas y Planeación de Veracruz.
Por lo tanto, el incremento fue de 12 mil 739 millones de pesos.
En términos cualitativos, el incremento fue del 37.9 por ciento en cinco años; esto es a razón de 7.4 por ciento anual.
Con estos incrementos los Recursos de libre disposición no alcanzan ni para pagar los de 2010, aunado el tema de corrupción que rodea a la administración. En ese entendido, la frase popular de que “dinero hay, pero no alcanza”, es completamente válida.
A esta administración le resta poco más un mes, seguramente los buenos oficios de Gobernador Ríos Alvarado lo atemperaran, pero ya nos alcanzó el destino y pasaran más de doce años para resolverlo.
JFA 15.10.16