Elimina Congreso de Veracruz fuero constitucional al Ejecutivo Estatal

’24/12/2024’
’24/12/2024’
’24/12/2024’
’24/12/2024’
’24/12/2024’
’24/12/2024’

 

 

·         Aprueban diputados el dictamen –en su segunda etapa- que retira también el fuero a secretarios de despacho, Contralor General, presidentes , síndicos e integrantes de Concejos municipales, así como los consejeros del OPLE y del IVAI

 

Xalapa, Ver., a 19 de mayo del 2016.

 

 

La LXIII Legislatura de Veracruz aprobó –en su segunda etapa- el dictamen de reforma constitucional para eliminar el fuero conferido al Ejecutivo estatal, los secretarios de despacho, el contralor general, presidentes municipales y síndicos, o miembros de los Concejos, así como el secretario ejecutivo y consejeros y del Instituto Electoral Veracruzano (Organismo Público Local Electoral) y de igual modo,  los consejeros del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI).

 

En la tercera sesión ordinaria, del segundo periodo, del tercer año de labores, los legisladores aprobaron, con 43 votos a favor, una abstención –del diputado Eladio del Ángel Zumaya- y ninguno en contra, este Dictamen que establece la disposición de eliminar el fuero, dado que en el contexto actual no hay justificación para la existencia de esta figura jurídica, además de ser un reclamo social.

 

El dictamen del decreto que deroga disposiciones del artículo 76 y reforma el 78 de la Constitución Política del Estado refiere que en la actualidad no debe haber privilegios o fueros de los altos funcionarios del Poder Ejecutivo, tanto del ámbito estatal como municipal, pues la tendencia internacional ha apostado por la transparencia y la aplicación expedita y oportuna de la ley.

 

La legislación contempla con el fuero constitucional únicamente a los diputados, al Fiscal General del Estado, los magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH). Estos se sujetarán al procedimiento marcado en la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia, en los que se respetan las garantías de audiencia y legalidad.

 

Al ser aprobada en dos periodos ordinarios como lo marca la ley, corresponde enviar este decreto a los 212 ayuntamientos de la entidad para que en un plazo máximo de 60 días envíen su acta de Cabildo con el sentido de su voto a la Secretaría General del Congreso del Estado.

Artículos similares

’24/12/2024’

Columnas Veraces

Mole de Gente

LA PAZ

Lo más leido

Verified by MonsterInsights