ES UNA S.A.

’23/12/2024’
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De acuerdo con el artículo 90 de la Constitución política, la administración pública se integra por Centralizada y Paraestatal.

La administración centralizada está vinculada con el ejecutivo y la compone; La Presidencia de la República, las Secretarias de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, los Órganos Reguladores Coordinados.” La Fiscalía General de la Republica es un Órgano Autónomo”.

La administración publica Paraestatal la integran:  los Organismos Descentralizados, las Empresas de Participación Estatal, los Organismos Auxiliares de Crédito, las Instituciones Nacionales de Seguros y Fianzas y los Fideicomisos.

Para enfocarnos en el tema:

Las empresas paraestatales son organizaciones en las que el estado posee la mayoría de las acciones, pudiendo el ejecutivo federal tener la mayoría o la totalidad del capital social.

Esta entidad opera como empresa privada, con un marco legal, patrimonio, con objeto y denominación y sus metas acciones están determinadas por el estado.

Bajo esta denominación que es una Administración Portuaria Integral:

Es una sociedad mercantil concesionaria del uso y aprovechamiento y explotación de los bienes y la prestación de servicios de un puerto, mediante la planeación y desarrollo y demás actos relativos en la consecución y logro de los objetivos.

La concesión incluye la administración integral de un conjunto de terminales, instalaciones y puntos de influencia preponderamente estatal, está dentro de una entidad federativa, es una sociedad mercantil constituida por el Gobierno Federal o Estatal. (Art.38 Ley de Puertos)

El contenido de la Ley es específico para normar la marcha y operación de estos puntos de comunicación, por donde se realiza la entrada y salida de mercancía a nuestro país, donde concurren autoridades y particulares, siendo normativos la secretaria de Marina quien es responsable del puerto, la de Comunicaciones que hasta días anteriores detentaba el control de las APIS, la SHCP quien establece las aduanas y el cobro de aranceles.

Al ser la API una sociedad mercantil se rige por la Ley de Sociedades Mercantiles, por la tanto cuenta con dos áreas de decisión: El Consejo Directivo y el de la Asamblea de Accionistas.

El consejo es nombrado por el ejecutivo, las acciones son de mayoría del estado; los ejecutivos son designados por el área normativa federal y en su caso por el propio presidente.

Las APIS las refieren en más de 30   artículos de los 69 que tiene la Ley de Puertos, donde también se definen las concesiones, una de las adquirieron importancia en estas fechas es el tiempo que se puede otorgar: el artículo 23 señala:

La secretaria (Comunicaciones) podrá otorgar la concesión hasta por un plazo de 50 años, tomado en cuenta las características de los proyectos y los montos de inversión; podrán ser prorrogadas por un plazo igual.

Para tal efecto deberá presentar una solicitud antes de un año de la conclusión de la concesión; la secretaria fijará los requisitos que deba cumplirse.

El pasado 18 de agosto el presidente Andrés Manuel se refiero a la API de Veracruz donde estimó como algo inaudito en México que una concesión fuera otorgada para 100 años; inclusive menciono que ni Porfirio Diaz la habría otorgada

Los comentarios son a razón política en atención a que la novación se hizo en 2018, después de su triunfo electoral, dando a entender que fue amañado para satisfacer a particulares; tiene y no razón, pero no con la API, si no con todas las concesiones que esta otorgó en las terminales; que se clasifican por su uso:

Publicas: Cuando se trate de terminales de contenedores y carga general o exista obligación de ponerlas a disposición de cualquiera que la solicite.

Particulares: Cuando el particular la destine para sus propios fines y a los terceros mediante contrato siempre y cuando los servicios de carga de que se traten sean de naturaleza similar a los autorizados originalmente para la terminal.

Pues bien, este puede ser el tema que quiera revisar el gobierno federal, pues Veracruz esta lleno de concesionarios en sus terminales; hay de todo y para cualquier cosa que se mueva en el puerto, las mas representativas son las siguientes:

Operadores Portuarios:

  • Contenedores Hutchinson Ports (ICAVE)
  • Astillero Hutchinson Port (TNG -Talleres navales del Golfo).
  • Automóviles SSA México (SSA Marine y Carrrix).
  • Ferrocarril: Ferro Sur y Kansas City Southers.
  • Terminal de Fluidos (Ampliación bajos de la Gallega): IENOVA
  • Almacenamiento de combustibles Vopak
  • Granel: Varios concesionarios y permisionarios.
  • Existen mas de 50 empresas localizadas al interior de los servicios marítimos y portuarios que van desde el remolque de embarcaciones hasta el avituallamiento.

El 23 de enero pasado el Ing. Miguel Ángel Yáñez Monrroy fue nombrado Director General de la Administración Portuaria Integral de Veracruz, es decir esta administración lo nombro y quien tiene la facultad y el poder de revisar las concesiones otorgadas anteriormente.

El puerto de Veracruz sin lugar a duda ha progresado desde que se convierto en API y posibilito una inversión sin precedente en su sus instalaciones y cabotaje, siendo la que más dinero ingresa a la federación; en 2019 reporto más de mil ochocientos millones de pesos.

Así que cualquier revisión a la concesión tendrá que ser en terminales porque la S.A.; es de total mayoría del estado;  solo el Gobierno Federal y el Banobras son los accionistas.

 

JFA. 23.08.2020 www.sinergiaenpromocion.com

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