Proponen diputados del PAN nueva Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz

’23/12/2024’
’23/12/2024’
’23/12/2024’
’23/12/2024’
’23/12/2024’
’23/12/2024’

 

  • La diputada María Josefina Gamboa presenta este proyecto que prevé adecuar la ley estatal con las disposiciones de tratados internaciones en materia de derechos humanos.

 

 

Para que Veracruz cuente con una nueva Ley de Victimas que proteja y tutele los derechos humanos, el grupo legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) a través de la diputada María Josefina Gamboa Torales, presentó una iniciativa a fin de adecuar la legislación estatal con la Ley General y los tratados internacionales sobre el derecho de las víctimas.

 

Durante la quinta sesión ordinaria, del primer receso, la diputada Gamboa Torales expuso el proyecto de ley, el cual deja sin efectos los nombramientos de los comisionados que actualmente integran la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas del Delito del Estado, asimismo crea una nueva Comisión que contará con un mando unipersonal, que tendrá a su cargo designar a  las personas responsables del Fondo de Ayuda, la Asesoría jurídica y el Registro Estatal de Víctimas.

 

Se prevé fortalecer la actuación del Asesor Jurídico Estatal, como mecanismo para hacer valer los derechos de las víctimas y cubra todos los procedimientos derivados de un hecho victimizante.

 

También pretende flexibilizar los mecanismos para acceder al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y define la figura de recursos de ayuda, como diversos gastos: alimentación, hospedaje, transporte, entre otros, que deben ser concebidos como gastos operativos ordinarios que les permita a las víctimas obtener una atención inmediata, adecuada y efectiva.

 

Reconoce como grupo vulnerable a los migrantes, personas en situación de desplazamiento interno, personas con discapacidad, periodista y defensores de derechos humanos.

 

Establece que las víctimas, en casos urgentes  o en aquellos en que las instituciones públicas no puedan brindarles la atención, podrán acudir a la ayuda de instituciones privadas, con cargo al fondo de ayuda correspondiente. Integra el interés superior de la niñez, como  principio rector de los similares que guían los mecanismos, medidas y procedimientos de ley.

 

Esta ley obligaría a las autoridades de todos los ámbitos de gobierno –en sus respectivas competencias- a velar por la protección de las víctimas, a proporcionar ayuda, asistencia o reparación integral.

 

Las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de la víctima ni tratarla en ningún caso como sospechosa o responsable de la comisión de los hechos que denuncie.

 

La víctima tendría derecho a colaborar con las investigaciones y las medidas para lograr superar su condición de vulnerabilidad, atendiendo al contexto, siempre y cuando las medidas no impliquen un detrimento a sus derechos, entre otras disposiciones.

 

En los casos de graves violaciones a los derechos humanos o delitos cometidos contra un grupo de víctimas, las organizaciones no gubernamentales, los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, los Ayuntamientos, o cualquier otra institución pública o privada que tenga entre sus fines la defensa de los derechos humanos podrán proponer el establecimiento de programas emergentes de ayuda, atención, asistencia, protección, acceso a la justicia, acceso a la verdad y reparación integral de las víctimas.

 

La exposición de motivos señala que la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz, publicada en la Gaceta Oficial del Estado el 28 de noviembre de 2014, presenta diversas inconsistencias y disposiciones que ya han sido rebasadas a la luz de protección y salvaguarda de los derechos de las víctimas, por lo que es necesaria una nueva Ley que esté acorde a las exigencias actuales.

 

A partir de la entrada en vigor de esta ley y por única ocasión, el titular del Poder Ejecutivo remitiría a Congreso del Estado una terna, para que de entre ellos el Pleno realice el nombramiento del Comisionado Ejecutivo estatal, previo procedimiento establecido en la ley.

 

En un plazo de 150 días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley: las secretarías, dependencias, organismos del sector salud, educación y las demás obligadas; así como aquellos municipios que cuenten con la infraestructura y la capacidad de prestación de servicios, en el marco de sus competencias y fundamentos legales de actuación, deberán adecuar su normatividad conforme al Programa y el Modelo de atención a víctimas.

 

Esta iniciativa, -a la que se sumaron los diputados del grupo legislativo de MORENA- fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.

Artículos similares

’23/12/2024’

Columnas Veraces

Mole de Gente

LA PAZ

Lo más leido

Verified by MonsterInsights